Manuales de abatimiento de ruido: el reglamento que ordena el ruido de un aeropuerto
- Juan Camilo Rodríguez

- hace 2 días
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Cuando una comunidad convive con un aeropuerto, la pregunta no es si habrá ruido, sino bajo qué reglas. Esa regla existe y tiene nombre: el manual de abatimiento de ruido, el instrumento normativo que determina las disposiciones y restricciones para mitigar el impacto sonoro de las operaciones aeroportuarias. En Colombia no es opcional: la Resolución 2130 de 2004 de la Aeronáutica Civil (numeral 11.14.2.1) ordenó que cada aeropuerto implemente su propio manual de procedimientos de atenuación de ruido, una obligación que hoy vive en el RAC 216 —las normas ambientales para la aviación civil— tras la actualización de la Resolución 3411 de 2019.
Quién lo exige y a quién obliga
La cadena empieza en la OACI: desde la Resolución A16-3, el ruido en la proximidad de los aeropuertos es un asunto ambiental de primer orden, y con el enfoque equilibrado (Resolución A35-5) su gestión combina cuatro vías: reducción en la fuente, planificación del uso del suelo, procedimientos operacionales y restricciones. El manual es la pieza colombiana de ese engranaje: lo expide y lo acoge la Aeronáutica Civil, complementa los procedimientos del AIP (sección AD 2.21) y es de obligatorio cumplimiento, vinculante con el régimen sancionatorio del RAC 13.
¿Y a quién obliga? A todo el que opera en el aeródromo: aerolíneas y explotadores de aeronaves, el explotador o concesionario del aeropuerto, las empresas de servicios en tierra, los talleres y los aeroclubes. El manual además dialoga con el frente ambiental clásico —licencias, planes de manejo y el seguimiento de la autoridad ambiental regional—, porque el ruido aeroportuario es a la vez un asunto aeronáutico y un asunto ambiental.

Qué contiene un manual de abatimiento
Es un documento técnico-operacional. Define el área de influencia con curvas de ruido (isófonas) calculadas con modelos según el Doc 9911 de la OACI; clasifica la flota por su certificación acústica (capítulos 3 a 14 del Anexo 16) y administra un sistema de cuota de ruido (QC) conectado con la asignación de slots; establece los procedimientos de despegue y aterrizaje de abatimiento (NADP) para cada pista; y ordena el lado tierra: configuraciones operacionales, pruebas de motores con horarios y ubicaciones definidas, uso de APU y reversibles, arranque y estacionamiento de aeronaves.
Cierra con las reglas de juego: capacitación, notificaciones, la primacía de la seguridad aérea sobre cualquier procedimiento y las consecuencias del incumplimiento bajo el RAC 13.

Cómo se construye: del dato medido a la regla
Nada de esto se puede escribir sin datos. El ciclo comienza con la medición —monitoreo de ruido aeroportuario bajo ISO 20906 y NTC-ISO 1996-2, que separa los eventos aeronáuticos del fondo urbano—, sigue con la modelación de isófonas y escenarios de operación, que en AAC desarrollamos en SoundPLAN, se convierte en procedimientos y restricciones concretos, y vuelve a empezar: el monitoreo permanente verifica que el manual funciona y alimenta sus actualizaciones. Un ejemplo reciente del género es el manual del Aeropuerto Guillermo León Valencia de Popayán (SKPP), adoptado en diciembre de 2024 dentro del programa de monitoreo ambiental de la Aeronáutica Civil.

Para quién trabajamos en este frente
Elaboramos y actualizamos los estudios que sustentan manuales de abatimiento de ruido: para aeropuertos y concesiones que deben cumplir la Resolución 2130 y el RAC 216, para consorcios e interventorías del monitoreo ambiental aeroportuario, para municipios que planifican el uso del suelo alrededor de los aeródromos y para comunidades que necesitan que el ruido de su entorno tenga reglas verificables. Somos laboratorio acreditado por el IDEAM en la medición de ruido de tráfico aéreo bajo NTC-ISO 1996-2 y aplicamos ISO 20906 en el monitoreo aeroportuario permanente. Si su aeropuerto necesita un manual de abatimiento de ruido —o demostrar que el suyo funciona—, hablemos.




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